Licencia de portación de armas: quién puede portar, requisitos 2026 y costo

Quién puede portar un arma en México, los requisitos de la licencia particular individual, los $6,359 de 2026, los plazos, la vigencia anual y lo que te obliga la licencia.

Trámites · DEFENSA-02-025 Vigente al 1 de noviembre de 2026 9 min de lectura 7 fuentes oficiales citadas

Foto: Jakub Sochor, Wikimedia Commons, CC BY 3.0, recortada y ajustada de color.

Fuera de su domicilio, un civil solo puede portar un arma con la licencia particular individual, el trámite DEFENSA-02-025. Defensa la otorga a su criterio si acreditas la necesidad. En 2026 cuesta $6,359, tarda de 35 a 40 días hábiles, se tramita solo en Naucalpan y se revalida cada año.315

¿Quién puede portar un arma en México?

Tener un arma en casa es un derecho con registro; portarla es una autorización que Defensa concede caso por caso.3

Quién porta y con qué documento · LFAFE
FiguraQué puede portar y dóndeArtículo
MilitaresSegún su función24
Titular de licencia individualEl arma amparada, en los límites de la licencia25-26
Guardia de seguridad privadaCon la credencial de la licencia colectiva de su empresa25-26
Ejidatarios, comuneros y jornalerosRifle .22 o escopeta, fuera de zonas urbanas, con la sola manifestación9; Reg. 24
Socio de club de tiro o cazaSolo dentro del campo o coto; para trasladarse usa el PETA10
TuristaCon licencia temporal27

¿Con el registro o la credencial del club ya puedo portar?

No. El registro no es licencia, y el club solo te autoriza a portar dentro del campo o coto.43 Para llevar las armas al club necesitas el PETA, que es un permiso de transporte, no de portación.

¿Un guardia de seguridad privada necesita licencia propia?

No. Porta con la credencial de la licencia colectiva de su empresa, que se revalida cada 2 años.3

Poseer, transportar y portar: tres permisos distintos

PoseerRegistro 02-062
TransportarPETA 02-045 o mudanza 02-046
PortarLicencia 02-025
El registro ampara el arma en casa; el PETA, el traslado descargada y en funda; la licencia, llevarla contigo.

El detalle del registro está en cómo registrar un arma.

Requisitos de la licencia de portación 2026 (DEFENSA-02-025)

DEFENSA-02-025 · ficha, anexos A-F y Manual
RequisitoAnexo o detalle
SolicitudAnexo A, con motivos y evidencia; información complementaria: redes sociales, teléfono, correo y 3 referencias no familiares
Carta de modo honesto de vivirAnexo B
Cartilla del servicio militar liberadaCuando aplique
Certificado médicoAnexo C
Certificado médico-psicológicoAnexo D, con resultados de las pruebas
Certificado toxicológicoAnexo E, con resultados de laboratorio
Constancia de antecedentes penalesVigente
Comprobante de domicilio3 meses o menos
Formato con fotografía, acta de nacimiento y CURPAnexo F

¿Cómo se demuestra la necesidad de portar?

Con evidencia documental de tu ocupación, tu lugar de residencia u otro motivo justificado. Defensa decide a su criterio.3 Esta guía no sugiere motivos ni es asesoría legal.

¿De verdad se la dan a un particular?

Es discrecional y pocas se otorgan. La prensa, citando datos de transparencia, reportó 218 licencias individuales expedidas de 2013 a 2018. Nadie puede prometerte el resultado.

¿Qué certificados piden y quién los puede emitir?

Tres: el médico, que firma un médico con título; el médico-psicológico, que firma un licenciado en psicología con cédula, con pruebas como Raven, Bender y una de personalidad; y el toxicológico, con resultados de laboratorio.6 El mapa completo por trámite está en qué certificados necesito.

Cuánto cuesta, cuánto tarda y dónde se tramita

Licencia particular individual · 2026
Derecho$6,359
Plazo35-40 días hábiles según la ficha; 40-60 según el Manual; tope legal de 50
LugarSolo la DGRFAFCE, Campo Militar 1-D, Naucalpan. L-V, 08:00-14:00
EntregaSe recoge en persona
CertificadosPrecio con IVA según el proveedor que elijas

Paso a paso para solicitarla

  1. Reúne la evidencia de necesidad

    Documentos de tu ocupación o motivo, y tres referencias no familiares.

  2. Saca los tres certificados y los antecedentes

    Con resultados, pruebas aplicadas y datos del profesional.

  3. Llena los anexos A-F

    Pon correo y teléfono: las prevenciones llegan por correo.

  4. Entrega en la DGRFAFCE

    El trámite es personal. Defensa advierte contra los gestores.1

  5. Atiende la prevención si llega

    Corrige lo que te pidan en el plazo que te den.

  6. Resolución, pago y entrega

    Si te la otorgan, pagas y la recoges en persona.

Vigencia: un año desde la reforma de 2025

Desde la reforma del 29-05-2025, la licencia individual dura un año.3 La revalidación (02-027) solo se recibe del 15 de septiembre al 31 de octubre; fuera de esa ventana hay que pedir una licencia nueva.2 El detalle está en revalidar la licencia de portación.

¿No era cada dos años?

Lo era antes del DOF del 29-05-2025. La individual pasó a un año; las colectivas de seguridad privada siguen en dos.3

Qué te obliga la licencia y cuándo te la quitan

  • Revista del arma del 1 de junio al 31 de julio.2
  • Aviso en 72 horas de robo, extravío o aseguramiento.4
  • Lleva la licencia original o copia certificada. Si no la llevas, el arma se asegura, pagas 10 UMA y tienes 15 días hábiles para exhibirla.3
  • Solo el arma y la persona amparadas, dentro de los límites territoriales de la licencia; en vehículo, en tránsito.34

Defensa puede cancelarla por las causas del art. 31, entre ellas la pérdida de capacidad física o mental, y tienes 15 días para alegar.34 En febrero de 2026, según la prensa, la Suprema Corte validó que pueda suspenderla de forma provisional sin audiencia previa.7

¿Qué pasa si porto un arma sin licencia?

Es delito: de 3 a 8 años de prisión y de 100 a 400 UMA, con hasta dos terceras partes más si son dos o más armas.3

Fuentes

  1. Ficha DEFENSA 02-025 y anexos A-F: www.gob.mx/defensa/acciones-y-programas/sedena-02-025
  2. Manual de Servicios al Público de la DGRFAFCE (02-025 y 02-027): www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/1003257/Manual_de_Serv._Pub..pd…
  3. Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, reforma DOF 29-05-2025 (arts. 9, 10, 24-27, 31, 34, 35, 78 y 81): www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFAFE.pdf
  4. Reglamento de la LFAFE (arts. 15, 24, 29 y 32): www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/regley/Reg_LFAFE.pdf
  5. Formatos de pago e5 y costos 2026, Defensa: www.gob.mx/defensa/acciones-y-programas/formatos-de-pagos-e5-del-2023
  6. Acuerdo DGRFAFCE/01/2020 sobre certificados de capacidad física y mental, DOF 21-04-2021: sidof.segob.gob.mx/notas/docFuente/5616435
  7. El Imparcial, «Suprema Corte falló a favor de la seguridad…», 13-02-2026 (secundaria): www.elimparcial.com/mexico/2026/02/13/suprema-corte-fallo-a-favor-de-l…

Estado editorial: publicado. Si encuentras un dato desactualizado, la fecha de vigencia de arriba manda: confirma con Defensa antes de acudir.